[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/phpbb/session.php on line 590: sizeof(): Parameter must be an array or an object that implements Countable
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/phpbb/session.php on line 646: sizeof(): Parameter must be an array or an object that implements Countable
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 492: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 113: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/bbcode.php on line 113: preg_replace(): The /e modifier is no longer supported, use preg_replace_callback instead
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/functions.php on line 5133: Cannot modify header information - headers already sent by (output started at [ROOT]/includes/functions.php:3843)
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/functions.php on line 5133: Cannot modify header information - headers already sent by (output started at [ROOT]/includes/functions.php:3843)
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/includes/functions.php on line 5133: Cannot modify header information - headers already sent by (output started at [ROOT]/includes/functions.php:3843)
debate: legislacion dayligh - .:SoloVag:.

debate: legislacion dayligh

Lugar reservado para quienes gusten de personalizar su vehiculo.

Moderador: Moderador Zona Técnica

Avatar de Usuario
josesport
Mensajes: 1032
Registrado: Mié Jun 25, 2008 2:22 am
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

debate: legislacion dayligh

Mensajepor josesport » Lun Abr 20, 2009 2:01 am

Viendo la moda que hay ahora en montar los leds al estilo de los caracteristicos de los ultimos audis en otros modelos pues me surge la duda de cuanto de legal hay en ello y si montandolos de alguna forma no habria ningun problema con la G.C por lo cual abro este debate o este hilo de informacion para aclarar un poco el tema


pd: creo que este es el lugar correcto pero en si si el moderador decide cambiarlo no habria problema

s2
"hay algun que otro proyecto de Audi entre los nuestros...como español me siento orgulloso de decir que varios de los modelos audi que hay por la calle son obra de SEAT"

Avatar de Usuario
Sergio_VK
Moderador General
Mensajes: 3892
Registrado: Lun Jun 23, 2008 7:43 pm
Ubicación: Vallekas
Contactar:

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Sergio_VK » Lun Abr 20, 2009 9:13 am

Creo que si no vienen de la casa no se puede. En cambio hay faros para león 1M que estan homologados con las luces identicas a Audi, supongo que esas si que serán válidas.

Para el León 1P no se si habrá, me suena haber oido que si. En cambio, hacerlo casero creo que no, en todo caso supongo que habría que homologar, y no se si querran hacertelo en la ITV

Avatar de Usuario
madelgado
Mensajes: 1693
Registrado: Jue Jul 24, 2008 10:37 am
Ubicación: Madrid
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor madelgado » Lun Abr 20, 2009 9:36 am

Yo símplemente creo que no hay legislación, ni para permitirlas ni tampoco para prohibirlas. Eso en cuanto a lo objetivo. En cuanto a mi opinión personal es que:

- llevar las cortas de día es ridículo y sólo supone mayor consumo, mayor desgaste de la parábola y también de las bombillas. Por lo tanto, ANTI-ECOLÓGICO.

- En cuanto a seguridad, lo que aporta es nulo... ya que la idea de esta luz es distinguir al vehículo desde lejos... Con las cortas, apenas lo que se hace es que dos "puntitos" del vehículo se verán amarillentos en lugar del color grisáceo del faro apagado

- Ha de ser una luz DIRECTA a los ojos de los conductores que vienen de frente. Como ni el faro más potente del mundo va a competir contra los lúmenes que aporta la luz solar (y por tanto no va a provocar deslumbramiento), me parecen perfectas las dos aproximaciones que implementa Audi/BMW: luz de 21W con parábola omnidireccional (tipo marcha atrás) o bien luz de led potente y también omnidireccional

Saludos.
Passat 1.9 TDI 100 (AVB) Tiptronic (homologado)

--- VOLVIENDO DE VACACIONES... CON JET-LAG ---

Avatar de Usuario
josesport
Mensajes: 1032
Registrado: Mié Jun 25, 2008 2:22 am
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor josesport » Lun Abr 20, 2009 3:40 pm

yp tambien creo que la legislacion todabia tiene un vacio legal y creo que lo que haré sera montar las luces con un interruptor para solo encenderlas los dias nublados y con lluvia y por la noche no llevarlas puestas, almenos por carretera, salvo que conozcamos exactamente que no te pueden multar por llevarlas (hablando de instalacion casera) por supuesto no van a deslumbrar


s2
"hay algun que otro proyecto de Audi entre los nuestros...como español me siento orgulloso de decir que varios de los modelos audi que hay por la calle son obra de SEAT"

Avatar de Usuario
jdaguilar
Mensajes: 346
Registrado: Vie Jul 25, 2008 8:12 pm
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor jdaguilar » Lun Abr 20, 2009 8:23 pm

Esto es lo que yo he indagado sobre luces de día, pongo parte de la ley en la que he cortado partes que creo que no son de mucho interés para este tema pero si es necesario lo pongo todo; he puesto en rojo cosas que he visto importantes pero puede haber más, ahí va el tochazo:

Reglamento nº 48 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas

Solo los textos CEPE/ONU originales tienen efecto jurídico en el marco del Derecho internacional público. La situación y la fecha de entrada en vigor del
presente Reglamento deben consultarse en la última versión del documento de situación CEPE/ONU TRANS/WP. 29/343,

disponibleen: http: //www. unece. org/trans/main/wp29/wp29wgs/wp29gen/wp29fdocstts. html.

Revisión 4 Incluye todos los textos válidos hasta:

La serie 04 de modificaciones Fecha de entrada en vigor: 11 de julio de 2008

ÍNDICE REGLAMENTO

1. Ámbito de aplicación

2. Definiciones

3. Solicitud de homologación

4. Homologación

5. Especificaciones generales

6. Especificaciones particulares

7. Modificaciones y extensiones de la homologación del tipo de vehículo o de la instalación de sus dispositivos de alumbrado y señalización luminosa

8. Conformidad de la producción


9. Sanciones por no conformidad de la producción

10. Cese definitivo de la producción

11. Nombres y direcciones de los servicios técnicos encargados de realizar los ensayos de homologación y de los servicios administrativos

12. Disposiciones transitorias

ANEXOS

Anexo 1. Comunicación relativa a la homologación o la extensión, denegación o retirada de la homologación o al cese definitivo de la producción de un tipo
de vehículo en lo que se refiere a la instalación de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa con arreglo al Reglamento nº 48

Anexo 2. Disposición de las marcas de homologación

Anexo 3. Superficies, eje y centro de referencia de las luces y ángulos de visibilidad geométrica

Anexo 4. Visibilidad de una luz roja hacia delante y de una luz blanca hacia atrás

Anexo 5. Situaciones de carga que deben tenerse en cuenta para determinar las variaciones en la orientación vertical de las luces de cruce

Anexo 6. Medida de las variaciones de inclinación del haz de cruce en función de la carga

Anexo 7. Indicación de la regulación inicial declarada a que se refiere el apartado 6.2.6.1.1 del presente Reglamento

Anexo 8. Mandos de los dispositivos de regulación de las luces a que se refiere el apartado 6.2.6.2.2 del presente Reglamento

Anexo 9. Control de la conformidad de la producción

Anexo 10. Ejemplos de distintas fuentes luminosas

Anexo 11. Visibilidad de las marcas de visibilidad en la parte posterior y lateral de un vehículo



3. SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN

3.1. Será el fabricante del vehículo o su representante debidamente acreditado quien presente la solicitud de homologación de un tipo de vehículo en lo que se refiere a la instalación de los dispositivos de alumbrado y de señalización luminosa.

3.2. Deberá ir acompañada de los siguientes documentos y pormenores, por triplicado:

3.2.1. descripcióndel tipo de vehículo, de acuerdo con los aspectos enumerados en los apartados 2.2.1. a 2.2.4. mencionandolas restricciones de carga, en concreto, la carga máxima admisible en el maletero;

3.2.2. unalista de los dispositivos prescritos por el fabricante para el conjunto de alumbrado y señalización luminosa. La lista podrá incluir varios tipos de dispositivos para cada función. Cada tipo estará debidamente identificado (marca de homologación del componente, nombre del fabricante, etc.), además la lista podrá incluir, por lo que se refiere a cada función, la indicación adicional « o dispositivos equivalentes »;

3.2.3. unesquema del conjunto del equipo de alumbrado y señalización luminosa que muestre la posición de las diversas luces en el vehículo;

3.2.4. cuandoproceda, y con el fin de comprobar la conformidad con las disposiciones del presente Reglamento, esquemas de cada una de las luces que muestren la superficie iluminante definida en el apartado 2.9., la superficie emisora de la luz definida en el apartado 2. 8, el eje de referencia definido en el apartado 2.11 y el centro de referencia definido en el apartado 2.12. Esta información no será necesaria cuando se trate de un dispositivo de alumbrado de la placa de matrícula trasera (apartado 2.7.13).

3.2.5. La solicitud deberá ir acompañada de una declaración del método utilizado para la delimitación de la superficie aparente (véase el apartado 2.10.).

3.2.6. Cuando se instale un AFS en el vehículo, el solicitante deberá presentar una descripción pormenorizada en la que figure la siguiente información:

3.2.6.1. lasfunciones y los modos de alumbrado para los que se ha homologado el AFS;

3.2.6.2. lasseñales de control del AFS y sus características técnicas definidas con arreglo al anexo 10 del Reglamento nº 123;

3.2.6.3. lasdisposiciones aplicables para adaptar automáticamente las funciones y los modos de iluminación frontal, según lo dispuesto en el apartado 6.22.7.4. delpresente Reglamento;

3.2.6.4. instruccionesespeciales, en su caso, para la inspección de las fuentes luminosas y la observación visual del haz;

3.2.6.5. losdocumentos requeridos con arreglo a lo dispuesto en el apartado 6.22.9. 2. del presente Reglamento;

3.2.6.6. lasluces agrupadas o combinadas o incorporadas recíprocamente al AFS;

3.2.6.7. losmódulos de iluminación diseñados para cumplir los requisitos establecidos en el apartado 6.22.5. del presente Reglamento.

3.3. Deberá presentarse al servicio técnico encargado de las pruebas de homologación un vehículo sin carga provisto de un equipo completo de alumbrado y señalización luminosa, tal como se establece en el apartado 3.2.2., representativo del tipo de vehículo cuya homologación se solicita.

3.4. El documento proporcionado en el anexo 1 del presente Reglamento se adjuntará a la documentación de homologación.

4. HOMOLOGACIÓN

4.1. Si el tipo de vehículo presentado para su homologación con arreglo al presente Reglamento satisface los requisitos del Reglamento correspondientes a todos los apartados especificados en la lista, deberá concederse la homologación de dicho tipo de vehículo.

4.2. Se asignará un número de homologación a cada tipo homologado. Los dos primeros dígitos (actualmente 04, que corresponden a la serie 04 de modificaciones) indicarán la serie de modificaciones que incorpore las modificaciones técnicas importantes más recientes introducidas en el Reglamento en el momento en que se expidió la homologación. La misma Parte Contratante no podrá asignar este número a otro tipo de vehículo o al mismo tipo de vehículo presentado con un equipo no especificado en la lista a la que se refiere el apartado 3.2. 2., sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7 del presente Reglamento.

4.3. Se notificará a las Partes en el Acuerdo de 1958 que aplican el presente Reglamento la homologación, o extensión, denegación o retirada de la misma, así como el cese definitivo de la producción de un tipo de vehículo/parte del mismo cubierto por el presente Reglamento mediante el impreso de notificación conforme al modelo que figura en el anexo 1 del presente Reglamento.

4.4. Se colocará una marca de homologación internacional, de manera visible y en un lugar fácilmente accesible especificado en el formulario de homologación, en cada vehículo que se ajuste a un tipo de vehículo homologado con arreglo al presente Reglamento; la marca consistirá en:

4.4.1. laletra mayúscula « E » dentro de un círculo seguida del número que identifica al país emisor de la homologación (1);

4.4.2. el número del presente Reglamento, seguido de la letra mayúscula « R », un guión y el número de homologación a la derecha del círculo a que se refiere el apartado 4.4.1.

4.5. Si el vehículo se ajusta a un tipo homologado de acuerdo con uno o varios reglamentos adjuntos al Acuerdo en el país que haya concedido la homologación con arreglo al presente Reglamento, no será necesario repetir el símbolo que se establece en el apartado 4.4.1.; en ese caso, el número de reglamento y los números de homologación y símbolos adicionales de todos los reglamentos con arreglo a los cuales se haya concedido la homologación en el país que haya concedido la homologación de conformidad con el presente Reglamento se colocarán en columnas verticales a la derecha del símbolo prescrito en el apartado 4.4.1.

4.6. La marca de homologación deberá ser claramente legible e indeleble.

4.7. La marca de homologación se situará en la placa informativa del vehículo colocada por el fabricante, o cerca de la misma.

4.8. En el anexo 2 del presente Reglamento figuran algunos ejemplos de disposición de las marcas de homologación.

5. ESPECIFICACIONES GENERALES

5.1. Los dispositivos de alumbrado y de señalización luminosa estarán montados de tal modo que, en las condiciones normales de utilización definidas en los apartados 2.24, 2.24.1 y 2.24. 2 y a pesar de cualesquiera vibraciones a las que pudieran estar sometidos, conserven las características exigidas en el presente Reglamento y permitan al vehículo cumplir los requisitos del presente Reglamento. En concreto, no deberá ser posible ajustar las luces inadecuadamente de forma inadvertida.

(1) 1 para Alemania, 2 para Francia, 3 para Italia, 4 para los Países Bajos, 5 para Suecia, 6 para Bélgica, 7 para Hungría, 8 para la República Checa, 9 para España, 10 para Serbia, 11 para el Reino Unido, 12 para Austria, 13 para Luxemburgo, 14 para Suiza, 15 (sin asignar), 16 para Noruega, 17 para Finlandia, 18 para Dinamarca, 19 para Rumanía, 20 para Polonia, 21 para Portugal, 22 para la Federación de Rusia, 23 para Grecia, 24 para Irlanda, 25 para Croacia, 26 para Eslovenia, 27 para Eslovaquia, 28 para Belarús, 29 para Estonia, 30 (sin asignar), 31 para Bosnia y Herzegovina, 32 para Letonia, 33 (sin asignar), 34 para Bulgaria, 35 (sin asignar), 36 para Lituania, 37 para Turquía, 38 (sin asignar), 39 para Azerbaiyán, 40 para la Antigua República Yugoslava de Macedonia, 41 (sin asignar), 42 para la Comunidad Europea (sus Estados miembros conceden las homologaciones utilizando su símbolo CEPE respectivo), 43 para Japón, 44 (sin asignar), 45 para Australia, 46 para Ucrania, 47 para Sudáfrica, 48 para Nueva Zelanda, 49 para Chipre, 50 para Malta, 51 para la República de Corea, 52 para Malasia, 53 para Tailandia, 54 y 55 (sin asignar) y 56 para Montenegro. Se asignarán números consecutivos a otros países en el orden cronológico en el que ratifiquen el Acuerdo sobre la adopción de prescripciones técnicas uniformes aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en éstos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichas prescripciones, o se adhieran a dicho Acuerdo, y el Secretario General de las Naciones Unidas comunicará los números así asignados a las Partes en el Acuerdo.

5.2. Las luces de alumbrado descritas en los apartados 2.7.9., 2.7.10. y2.7.19. estaráninstaladas de forma que sea fácil ajustar correctamente su orientación.

5.3. Para todos los dispositivos de señalización luminosa, incluidos los situados en los paneles laterales, el eje de referencia de la luz cuando esté instalada en el vehículo, será paralelo al plano de apoyo del vehículo sobre la carretera; además, será perpendicular al plano longitudinal mediano del vehículo, en el caso de los catadióptricos laterales y de las luces de posición laterales, y paralelo a tal plano para todos los demás dispositivos de señalización. Se admitirá en cada dirección una tolerancia de ± 3 °. Además, si el fabricante da instrucciones particulares para la instalación, éstas deberán respetarse.

5.4. Cuando no existan instrucciones específicas, se comprobará la altura y la orientación de las luces con el vehículo en vacío situado sobre una superficie horizontal plana en las condiciones definidas en los apartados 2.24, 2.24.1 y 2.24.2. y, en los casos en los que se haya instalado un AFS, con el sistema en su estado neutro.

5.5. Salvo instrucciones específicas, las luces de un mismo par deberán: 5.5.1. estar montadas simétricamente en relación con el plano longitudinal medio del vehículo (este cálculo se basará en la forma geométrica exterior de la luz y no en los bordes de su superficie iluminante, según se especifica en el apartado 2.9);

5.5.2. sersimétricas respecto del plano longitudinal medio. Este requisito no se aplicará a la estructura interior de la luz;

5.5.3. cumplirlos mismos requisitos colorimétricos y presentar características fotométricas prácticamente idénticas; esto no se aplica al par de luces simétricas antiniebla frontales de la clase F3;

5.5.4. tenercaracterísticas fotométricas prácticamente idénticas. 5.6. En los vehículos cuya forma externa sea asimétrica, se cumplirán los anteriores requisitos en la medida en que sea posible. 5.7. Luces agrupadas, combinadas o recíprocamente incorporadas

5.7.1. Las luces podrán ser agrupadas, combinadas o recíprocamente incorporadas, a condición de que cumplan todos los requisitos referentes a color, posición, orientación, visibilidad geométrica, conexiones eléctricas y otros requisitos, si los hubiera.

5.7.1.1. Sin embargo, en el caso de que las luces de frenado y de indicación de dirección estén agrupadas, ninguna línea recta horizontal o vertical que pase a través de las proyecciones de las superficies aparentes de estas funciones en un plano perpendicular al eje de referencia podrá cruzar más de dos límites que separan áreas adyacentes de diverso color.

5.7.2. En los casos en que la superficie aparente de una luz única esté integrada por dos o más partes distintas, deberá cumplir los siguientes requisitos:

5.7.2.1. Bien la superficie total de la proyección de las distintas partes en un plano tangencial a la superficie exterior del material transparente y perpendicular al eje de referencia no ocupará menos del 60 % del cuadrilátero más pequeño que circunscriba dicha proyección, o la distancia entre dos partes distintas adyacentes/tangenciales no excederá de 15 mm cuando se mida perpendicularmente al eje de referencia.

5.8. La altura máxima desde el suelo se medirá a partir del punto más alto y la altura mínima a partir del punto más bajo de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia.

Cuando se trate de luces de cruce, la altura mínima respecto del suelo se medirá desde el punto más bajo de la salida real del sistema óptico (por ejemplo: el espejo, la lente o la lente de proyección) independientemente de su utilización.

En caso de que la altura (máxima y mínima) por encima del suelo cumpla los requisitos del presente Reglamento, no será necesario determinar los bordes exactos de ninguna superficie.

5.8.1. La posición, en lo que se refiere a la anchura, se determinará desde el borde de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia que esté más alejado del plano longitudinal medio del vehículo, cuando se trate de la anchura máxima, y de los bordes interiores de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia, cuando se trate de la distancia entre las luces.

Cuando la posición, en lo que se refiere a la anchura, se ajuste claramente a los requisitos del presente Reglamento, no será necesario determinar los bordes exactos de ninguna superficie.

5.9. A falta de instrucciones específicas, las características fotométricas (por ejemplo, intensidad, color, superficie aparente, etc.) de una luz no se modificarán intencionadamente durante el periodo de funcionamiento de la luz.

5.9.1. Las luces indicadoras de dirección, las luces de emergencia, las luces de posición laterales amarillo auto que cumplan los requisitos del apartado 6.18.7, así como la señal de parada de emergencia, serán intermitentes.

5.9.2. Las características fotométricas de una luz podrán variar en las siguientes condiciones

a) en relación con la luz ambiente;

b) como consecuencia de la activación de otras luces, o c) cuando las luces se utilicen para ofrecer otra función de alumbrado, siempre que cualquier variación de las características fotométricas sea conforme con las disposiciones técnicas de la luz de que se trate.

5.10. Una luz de las definidas en el apartado 2.7 no podrá emitir hacia delante ninguna luz roja que pueda prestarse a confusión, ni ninguna luz de las definidas en el apartado 2.7 podrá emitir hacia detrás una luz blanca que pueda prestarse a confusión, excepto si se trata de la luz de marcha atrás. No se tendrán en cuenta los dispositivos de alumbrado instalados para la iluminación interior del vehículo. En caso de duda, se comprobará el cumplimiento de este requisito de la siguiente forma:

5.10.1. visibilidadde una luz roja hacia delante: con excepción de la luz de posición lateral trasera, no habrá ninguna visibilidad directa de la superficie aparente de una luz roja cuando la mire un observador que se mueva dentro de la zona 1 con arreglo a lo especificado en el anexo 4.

5.10.2. visibilidad de una luz blanca hacia atrás: no habrá ninguna visibilidad directa de la superficie aparente de una luz blanca cuando la mire un observador que se mueva dentro de la zona 2, en un plano transversal situado a 25 m por detrás del vehículo (véase el anexo 4).

5.10.3. Las zonas1y2, t alycomo las ve el observador, estarán delimitadas, en sus respectivos planos: 5.10.3.1. enaltura, por dos planos horizontales situadosa1y2, 2mrespectivamente del suelo; 5.10.3.2. enanchura, por dos planos verticales que, formando un ángulo de 15 ° hacia delante y hacia atrás

respectivamente fuera del plano longitudinal medio del vehículo, atraviesen el punto (o puntos) de contacto de los planos verticales paralelos al plano longitudinal medio del vehículo que delimita la anchura máxima del vehículo; cuando haya varios puntos de contacto, el que esté situado más adelante corresponderá al plano delantero y el que esté situado más atrás, al trasero.

5.11. Las conexiones eléctricas serán tales que las luces de posición delanteras y traseras, las de gálibo, cuando existan, las luces de posición laterales, cuando existan, y el dispositivo de alumbrado de la placa de matrícula trasera sólo puedan conectarse y desconectarse simultáneamente. Esta condición no se aplicará cuando se utilicen las luces de posición delanteras y traseras, así como las luces de posición laterales cuando estén combinadas o recíprocamente combinadas a dichas luces, como luces de estacionamiento y cuando las luces de posición laterales puedan ser intermitentes.

5.12. Las conexiones eléctricas serán tales que las luces de carretera, las de cruce y las antiniebla delanteras sólo podrán encenderse cuando las luces a las que se refiere el apartado 5.11 lo estén también. Este requisito no se exigirá, sin embargo, para las luces de cruce o carretera cuando sus señales luminosas consistan en el encendido intermitente a cortos intervalos de las luces de cruce o de las de carretera o en el encendido alterno a cortos intervalos de las luces de cruce y las de carretera.

5.13. Testigo

Cuando en el presente Reglamento se prescriba un testigo de circuito cerrado, éste podrá ser sustituido por un testigo « de funcionamiento ».

5.14. Luces ocultables

5.14.1. Queda prohibido ocultar las luces, a excepción de las de carretera, las de cruce y las antiniebla delanteras, que podrán ocultarse cuando no estén funcionando.

5.14.2. En caso de fallo del dispositivo o dispositivos de ocultamiento, las luces deberán quedar en posición de utilización si están siendo utilizadas o deberán poder ponerse en tal posición sin ayuda de herramientas.

5.14.3. Será posible poner las luces en posición de utilización y encenderlas mediante un único mando, sin que ello excluya la posibilidad de ponerlas en posición de utilización sin encenderlas. Sin embargo, en el caso de las luces de carretera y de cruce agrupadas, el mando mencionado anteriormente sólo se exigirá para accionar las luces de cruce.

5.14.4. Desde el puesto del conductor, no deberá ser posible detener intencionadamente el movimiento de las luces encendidas antes de alcanzar la posición de utilización. Cuando exista el peligro de deslumbrar a otros usuarios por el movimiento de las luces, sólo podrán encenderse cuando hayan alcanzado la posición de utilización.

5.14.5. Cuando la temperatura del dispositivo de ocultamiento esté situada entre 30 ° C y + 50 ° C, las luces deberán ser capaces de alcanzar la posición de utilización tres segundos después de haber accionado el mando.

5.15. Los colores de la luz emitida por las luces serán los siguientes: luz de carretera:

blancoluz de cruce:

blancoluz antiniebla delantera:

blancoo amarillo selectivo luz de marcha atrás:

blancoluz indicadora de dirección:

amarilloauto señal de emergencia:

amarilloauto luz de frenado:

rojoseñal de parada de emergencia:

amarilloauto o rojo dispositivo de alumbrado de la placa de matrícula trasera:

blancoluz de posición delantera:

blancoluz de posición trasera:

rojoluz antiniebla trasera:

rojoluz de estacionamiento:

blancodelante, rojo detrás, amarillo auto cuando esté recíprocamente incorporada a los indicadores laterales de dirección o a las luces de posición laterales luz de posición lateral:

amarilloauto; sin embargo, podrá ser rojo si la luz de posición lateral trasera está agrupada, combinada o recíprocamente incorporada a la luz de posición trasera, la luz de gálibo trasera, la luz antiniebla trasera, la luz de frenado o está agrupada o tiene en común parte de la superficie de salida de la luz con el catadióptrico trasero luz de gálibo: blancodelante, rojo detrás

luces de circulación diurna: blanco

catadióptrico trasero, no triangulares:

rojocatadióptrico trasero, triangular:

rojocatadióptrico delantero, no triangulares:

idénticoa la luz incidente (1) catadióptrico lateral no triangulares:

amarillo auto; sin embargo, podrá ser rojo si el catadióptrico lateral trasero está agrupado o tiene en común parte de la superficie de salida con la luz de posición trasera, la luz de gálibo trasera, la luz antiniebla trasera, la luz de frenado o la luz de posición lateral trasera luces angulares:

blancomarcado de visibilidad:

blancoo amarillo en la parte lateral; rojo o amarillo en la parte posterior (2) sistema de iluminación frontal adaptable (AFS):

blanco

5.16. Número de luces

5.16.1. El número de luces instaladas en el vehículo será igual al número indicado en las especificaciones individuales del presente Reglamento.

5.17. Las luces podrán instalarse en componentes móviles siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los apartados 5.18., 5.19. y5.20. 5.18. Las luces de posición traseras, las luces indicadoras de dirección traseras y los catadióptricos traseros, triangulares y no triangulares, podrán instalarse en componentes móviles siempre que:

5.18.1. entodas las posiciones establecidas de los componentes móviles, las luces de éstos cumplan todos los requisitos sobre posición, visibilidad geométrica y fotometría exigidos a dichas luces. Cuando las anteriores funciones las desempeñe un conjunto de dos luces de la clase « D » (véase el apartado 2.16.1.), únicamente una de las luces tendrá que cumplir los requisitos anteriormente mencionados. o

5.18.2. enlos casos en que se hayan instalado lámparas adicionales para las funciones anteriormente mencionadas y éstas se hayan activado, cuando el componente móvil esté en cualquier posición abierta fija, a condición de que estas lámparas adicionales satisfagan los requisitos sobre posición, visibilidad geométrica y fotometría aplicables a las lámparas instaladas en el componente móvil.

5.19. Cuando los componentes móviles estén en una posición que no sea la « posición normal de uso », los dispositivos instalados en ellos no deberán causar molestias indebidas a los usuarios de la carretera.

5.20. Cuando una luz esté instalada en un componente móvil y el componente móvil esté en la « posición o posiciones normales de uso », la luz deberá volver siempre a la posición o posiciones especificadas por el fabricante de acuerdo con el presente Reglamento. Cuando se trate de luces de cruce o de luces antiniebla delanteras, se considerará que se ha cumplido este requisito cuando, una vez desplazados los componentes móviles y puestos de nuevo en su posición normal diez veces, la inclinación angular de estas luces en relación con su soporte, medido después de cada funcionamiento del componente móvil, no difiera en más de 0,15 % de la media de los diez valores medidos. Si se supera ese valor, se ajustarán los límites establecidos en el apartado 6.2.6.1.1 en la medida superada, de forma que disminuya la gama de inclinaciones autorizadas para las comprobaciones del vehículo realizadas de conformidad con el anexo 6.

(1) También conocido como catadióptrico blanco o incoloro.

(2) Nada en el presente Reglamento impedirá a las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento autorizar en sus territorios el uso de marcas blancas de visibilidad en la parte posterior.

5.21. Ningún componente móvil, ya tenga o no un dispositivo de señalización luminosa instalado, deberá ocultar en una posición fija diferente de la « posición de uso normal » más del 50 % de la superficie aparente en dirección del eje de referencia de las luces de posición traseras y delanteras, las luces indicadoras de dirección traseras y delanteras y los catadióptricos.

Cuando el requisito anteriormente mencionado no sea viable:

5.21.1. seactivarán lámparas adicionales que cumplan todos los requisitos de posición, de visibilidad geométrica y fotométricos para las luces antes mencionadas cuando el componente móvil oculte más del 50 % de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia de estas luces;

o5.21.2. se incluirá un comentario en el formulario de notificación (apartado 10.1 del anexo 1) a fin de informar a las demás administraciones de que los componentes móviles pueden ocultar más del 50 % de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia; y un aviso en el vehículo informe al usuario de que, en determinada posición o posiciones de los componentes móviles, debe advertirse a los demás usuarios de la carretera de la presencia del vehículo; por ejemplo, mediante un triángulo u otros dispositivos, según las disposiciones nacionales de circulación por carretera.

5.21.3. El apartado 5.21.2. noes aplicable a los catadióptricos.

5.22. Excepto en el caso de los catadióptricos, no habrá ninguna luz que no pueda funcionar únicamente instalando una fuente luminosa, aun cuando dicha luz lleve una marca de homologación. 5.23. Las luces se instalarán en un vehículo de tal modo que la fuente luminosa pueda reemplazarse correctamente siguiendo las instrucciones del fabricante sin necesidad de utilizar otras herramientas diferentes de las suministradas con el vehículo por el fabricante. Este requisito no es aplicable a:

a) los dispositivos homologados con una fuente luminosa no reemplazable;

b) los dispositivos homologados con fuentes luminosas con arreglo al Reglamento nº 99.

5.24. Se autoriza el reemplazo temporal de seguridad de la función de señalización luminosa de una

luzde posición trasera, siempre que la función que la sustituye en caso de fallo sea similar en color, intensidad principal y posición a la función que ha dejado de funcionar y a condición de que el dispositivo de sustitución siga siendo operativo en su función original de seguridad. Durante la sustitución, un testigo en el salpicadero (véase el apartado 2.18. del presente Reglamento) indicará que se ha producido una sustitución temporal y la necesidad de reparación.

5.25. En caso de que se instale un AFS en el vehículo, este sistema se considerará equivalente a un par de luces de cruce y, si ofrece la función de luz de carretera, se considerará equivalente a un par de luces de carretera.

5.26. Se podrán instalar luces indicadoras de dirección traseras, luces de posición traseras, luces de frenado (excepto las luces de frenado de la categoría S4) y luces antiniebla traseras que respondan simultáneamente a al menos una de las siguientes condiciones exteriores: iluminación ambiente, niebla, nieve, lluvia, rocío, nubes de polvo y contaminación de la superficie emisora de luz, siempre y cuando se mantenga su relación de intensidad prescrita durante las transiciones de variación. No deberá observarse ninguna variación aguda de la intensidad durante la transición. Las luces de frenado de la categoría S4 pueden producir una intensidad luminosa variable independiente de otras luces. El conductor deberá tener la posibilidad de ajustar las funciones antes mencionadas a distintas intensidades luminosas en función de su categoría de intensidad constante y de devolverlas a su categoría variable automática.


6. ESPECIFICACIONES PARTICULARES


6.19. LUZ DE CIRCULACIÓN DIURNA (Reglamento nº 87) (1)

6.19.1. Presencia

Obligatoria en los vehículos de motor. Prohibida en los remolques.

6.19.2. Número
Dos.

6.19.3. Disposición
Ningún requisito particular.

6.19.4. Posición

6.19.4.1. En anchura: el punto de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia más alejado del plano longitudinal medio del vehículo no deberá hallarse a más de 400 mm del extremo de la anchura máxima del vehículo.

Los bordes interiores de las superficies aparentes en la dirección del eje de referencia distarán entre sí 600 mm como mínimo.

Esta distancia podrá reducirse a 400 mm si la anchura máxima del vehículo es inferior a 1 300 mm.

6.19.4.2. En altura: por encima del suelo, a no menos de 250 mm y no más de 1 500 mm.

6.19.4.3. En longitud: en la parte delantera del vehículo. Se considerará que se ha cumplido este requisito si la luz emitida no molesta al conductor ni directa ni indirectamente a través de los retrovisores o de otras superficies reflectantes del vehículo.

6.19.5. Visibilidad geométrica

Horizontal: 20 ° hacia el exterior y 20 ° hacia el interior. Vertical: 10 ° hacia arriba y 10 ° hacia abajo.

6.19.6. Orientación

Hacia delante. 6.19.7. Conexiones eléctricas

Las luces de circulación diurna se ENCENDERÁN automáticamente cuando el dispositivo que pone en marcha o detiene el motor esté en una posición que permita el funcionamiento de este último.

La luz de circulación diurna se APAGARÁ automáticamente cuando se enciendan las luces o faros antiniebla delanteros, excepto cuando éstos se utilicen para emitir ráfagas de advertencia (2).

Por otra parte, las luces a que se refiere el apartado 5.11. nose encenderán cuando las luces de circulación diurnas estén ENCENDIDAS.

6.19.8. Testigo

Testigo de circuito cerrado optativo.

6.19.9. Otros requisitos

Nada.

(1) Las Partes Contratantes que no apliquen el Reglamento nº 87 podrán prohibir la presencia de la luz de circulación diurna (según lo dispuesto en el apartado 5.22.) en virtud de las normas nacionales.

(2) Los tipos de vehículos que no cumplan este requisito podrán seguir recibiendo la homologación hasta 18 meses después de la entrada en vigor del suplemento 4 de la serie 03 de modificaciones.






7. MODIFICACIONES Y EXTENSIÓN DE LA HOMOLOGACIÓN DEL TIPO DE VEHÍCULO O DE LA INSTALACIÓN DE SUS DISPOSITIVOS DE ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN LUMINOSA

7.1. Toda modificación del tipo de vehículo, o de la instalación de sus dispositivos de alumbrado o señalización luminosa, o de la lista a que se refiere el
apartado 3.2.2., se notificará al servicio administrativo responsable de la homologación de ese tipo de vehículo. A continuación, dicho servicio podrá:

7.1.1. considerarque las modificaciones probablemente no tendrán consecuencias negativas apreciables y que en cualquier caso el vehículo sigue cumpliendo
los requisitos, o

7.1.2. solicitar un nuevo informe de ensayo al servicio técnico responsable de la realización de los ensayos de homologación.

7.2. La confirmación de la extensión o la denegación de la homologación se comunicará a las Partes Contratantes del Acuerdo que apliquen el presente
Reglamento, especificándose la modificación, mediante el procedimiento indicado en el apartado 4,3.

7.3. El organismo competente que expida la extensión de la homologación asignará un número de serie a dicha extensión e informará de ello a las demás
Partes del Acuerdo de 1958 que apliquen el presente Reglamento por medio de un impreso de notificación conforme al modelo que figura en el anexo 1 del
presente Reglamento.

8. CONFORMIDAD DE LA PRODUCCIÓN Los procedimientos de conformidad de la producción se ajustarán a lo establecido en el Acuerdo, apéndice 2 (E/ECE/324-E/ECE/TRANS/505/Rev. 2), con los requisitos siguientes:

8.1. Todo vehículo homologado con arreglo al presente Reglamento será fabricado de conformidad con el tipo homologado cumpliendo los requisitos expuestos en los apartados5y6.

8.2. El titular de la homologación deberá:

8.2.1. garantizarla existencia de procedimientos de control eficaz de la calidad de los vehículos en lo referente a la conformidad con las prescripciones establecidas en los anteriores apartados 5 y 6; 8.2.2. asegurarsede que, para cada tipo de vehículo, se lleven a cabo por lo menos los ensayos prescritos en el anexo 9 del presente Reglamento o los controles físicos de los cuales puedan obtenerse datos equivalentes.

8.3. La autoridad competente podrá realizar cualquiera de los ensayos contemplados en el presente Reglamento. Estos ensayos se harán con muestras seleccionadas aleatoriamente sin causar distorsión de los compromisos de suministro de los fabricantes.

8.4. La autoridad competente procurará establecer una frecuencia de inspección de una vez al año. Sin embargo, la decisión queda a la discreción de la autoridad competente y a su confianza en las disposiciones para garantizar un control eficaz de la conformidad de la producción. En caso de que se registren resultados negativos, la autoridad competente se asegurará de que se toman todas las medidas necesarias para restablecer la conformidad de la producción cuanto antes.
Seat Toledo II Sport - 1.9 TDI ASV - 165.000 Km. -

Avatar de Usuario
Sergio_VK
Moderador General
Mensajes: 3892
Registrado: Lun Jun 23, 2008 7:43 pm
Ubicación: Vallekas
Contactar:

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Sergio_VK » Lun Abr 20, 2009 11:17 pm

jdaguilar... :alavado: :alavado: :alavado: bravo!

Con esto acabas de quitar todas las posibles dudas, y valla currada que te has pegado, mostrandonos la ley entera y señalando las partes importantes sobre este tema.

Ole! :crafty: :ok:

Avatar de Usuario
Moretti
Mensajes: 420
Registrado: Mié Ago 20, 2008 7:51 pm
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Moretti » Lun Abr 20, 2009 11:34 pm


Avatar de Usuario
josesport
Mensajes: 1032
Registrado: Mié Jun 25, 2008 2:22 am
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor josesport » Lun Abr 20, 2009 11:43 pm

muchisimas gracias jdaguilar, has dado bastante luz al tema....
"hay algun que otro proyecto de Audi entre los nuestros...como español me siento orgulloso de decir que varios de los modelos audi que hay por la calle son obra de SEAT"

Avatar de Usuario
josesport
Mensajes: 1032
Registrado: Mié Jun 25, 2008 2:22 am
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor josesport » Lun Abr 20, 2009 11:44 pm

ahora comento una duda que me surge leyendo la ley....

Los audis con los leds no se le apagan cuando se encienden las luces de cruce, mientras que la ley dice que las diurnas se deben apagar en el momento que las de cruce se encienden..
"hay algun que otro proyecto de Audi entre los nuestros...como español me siento orgulloso de decir que varios de los modelos audi que hay por la calle son obra de SEAT"

Avatar de Usuario
Sergio_VK
Moderador General
Mensajes: 3892
Registrado: Lun Jun 23, 2008 7:43 pm
Ubicación: Vallekas
Contactar:

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Sergio_VK » Mar Abr 21, 2009 8:02 am

pero en audi vienen así de serie, no es una modificación que se le hace, a si que en principio el comprador de un audi no puede hacer nada para cambiarlo (en principio nada mas).

Eso si, como audi lo ha homologado... no se si ha habido mucha pasta de por medio, o ha aprobechado algun vacío legal en su momento...

Avatar de Usuario
Sergio_VK
Moderador General
Mensajes: 3892
Registrado: Lun Jun 23, 2008 7:43 pm
Ubicación: Vallekas
Contactar:

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Sergio_VK » Mar Abr 21, 2009 8:03 am


Avatar de Usuario
madelgado
Mensajes: 1693
Registrado: Jue Jul 24, 2008 10:37 am
Ubicación: Madrid
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor madelgado » Mar Abr 21, 2009 9:43 am

Bueno, indirectamente el consumo es de combustible... y siempre hablando de llevar las cortas (faros, 55 + 55 W = 110W). Esos 110W son generados por el alternador, que opone una resistencia al motor mediante la inducción de bobinas. Aunque son bobinas que no se tocan físicamente, los campos electromagnéticos provocan esa resistencia al giro del motor que se compensa con pisar el acelerador un pelín más... o si el coche está al ralentí, la gestión de ralentí de la centralita inyectará un pelo más para mantener el régimen.

Si tu coche dispone de consumo instantáneo, o tienes confianza con alguien que lo tenga, haz la prueba: con el coche ya caliente, muestra el consumo instantáneo en el FIS, déjalo a ralentí, y enciende todos los consumidores que puedas: luneta, faros, nieblas, marcha atrás, frenos... verás como claramente el consumo instantáneo te aumenta un 10 - 20%

Diego, gracias por la información... lo desconocía... y me alegro de leerlo, pues las DRLs que me he fabricado cumplen dicha normativa... lo único que me faltaba para ser OEM es que se apagaran al poner el freno de mano... pero no dice nada al respecto. Sobre los nuevos Audis con leds, me he fijado que no llevan luz de posición, y las DRLs son las que asumen esta función bajando la intensidad... Ahora bien, no sé si con esos grados de apertura horizontal y vertical, satisfacen los requisitos propios de la luz de posición, ya que, aunque con menor intensidad lumínica, el haz de luz es el mismo.
Passat 1.9 TDI 100 (AVB) Tiptronic (homologado)

--- VOLVIENDO DE VACACIONES... CON JET-LAG ---

Avatar de Usuario
Moretti
Mensajes: 420
Registrado: Mié Ago 20, 2008 7:51 pm
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Moretti » Mar Abr 21, 2009 1:44 pm

Madelgado, me has dado la explicación que buscaba.
Vamos a ver, ya he mirado muchas veces eso de poner en marcha el clima, por ejemplo y observar cómo en un momento, al ralenti, la aguja de las revs. pega un pequeño bajón que de inmediato recupera, a la vez que el consumo sube de 0.5l a los 0.7l.
Lo que no imaginaba es que fuera tanto el consumo, pero lo que te digo, yo buscaba la respuesta "científica" a la pregunta.

Por cierto, en marcha, cómo se recarga la batería con el alternador?

Gracias y un saludo.

Avatar de Usuario
madelgado
Mensajes: 1693
Registrado: Jue Jul 24, 2008 10:37 am
Ubicación: Madrid
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor madelgado » Mar Abr 21, 2009 1:54 pm

El caso del clima es distinto.... aunque es el mismo principio... Hay una polea que gira loca cuando no hace falta frío, pero que mediante "el relé de acoplamiento magnético del compresor", une la polea con el compresor, y en ese momento el motor tiene que arrastrarse a sí mismo y al pequeño compresor del clima... pero en este caso la unión es mecánica, y lo que en un alternador es un freno electromagnético, en el caso del compresor, el freno lo hace el gas que se resiste a ser comprimido... Es más o menos lo mismo... tú en tu coche, lo pones a ralentí con todo apagado y tendrás un consumo instantáneo... pero si pones todos los faros que puedas, la luneta, asientos térmicos, ventilador del clima (en modo ECON) y demás, verás como el consumo sube 0,1 o 0.2 l/hora

La batería se recarga con la corriente que sobra a través del regulador
Passat 1.9 TDI 100 (AVB) Tiptronic (homologado)

--- VOLVIENDO DE VACACIONES... CON JET-LAG ---

Avatar de Usuario
Moretti
Mensajes: 420
Registrado: Mié Ago 20, 2008 7:51 pm
[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Re: debate: legislacion dayligh

Mensajepor Moretti » Mar Abr 21, 2009 2:08 pm

Magistral la explicación, si señor.

Gracias.


[phpBB Debug] PHP Warning: in file [ROOT]/vendor/twig/twig/lib/Twig/Extension/Core.php on line 1107: count(): Parameter must be an array or an object that implements Countable

Volver a “Modificaciones interiores y exteriores / Tuning”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 18 invitados

cron